jueves, 15 de enero de 2015

El Tribunal Supremo admite una demanda de paternidad contra el rey Juan Carlos


De las dos demandas presentadas a mediados de 2014, el Tribunal Supremo ha admitido la realizada por Ingrid Sartiau, de nacionalidad belga. La realizada por el catalán Alberto Solá Jiménez no ha sido aceptada. La Casa Real ha expresado a este diario su "respeto absoluto a las decisiones judiciales".
El Pleno de la Sala Civil del Tribunal Supremo ha admitido la demanda de paternidad dirigida contra el Rey Juan Carlos, realizada por la ciudadana belga Ingrid Sartiau. La decisión no supone pronunciamiento alguno sobre el fondo del asunto, sino únicamente que estudiará el caso. Imágenes 1 Foto El rey Juan Carlos es aforado ante el Supremo desde el pasado mes de julio, cuando el Parlamento aprobó la reforma legal para incluirle -solo pueden ser juzgados por este tribunal- junto a la Reina Sofía, la Reina Letizia y la Princesa de Asturias. Solicita una prueba de paternidad para confirmar que comparten ADN El pleno de la Sala Civil del alto tribunal se ha reunido para decidir sobre dos demandas y ha decidido admitir la presentada por Ingrid Sartiau, que había presentado muestras de ADN como prueba. El fiscal había solicitado que no se admitiese a trámite, ya que no creía ninguna de las pruebas presentadas, ni en la existencia de relaciones entre el anterior jefe del Estado y la madre biológica. Sin embargo, la demanda realizada por Alberto Solá Jiménez, que afirmaba que su madre biológica y el Don Juan Carlos habían tenido relación antes de que éste fuese rey, no ha sido admitida. Solá, que en caso de ser hijo del rey Juan Carlos sería el primogénito y por tanto heredero al trono, lleva desde los años 90 intentando que sea admitida su demanda de una prueba de paternidad. Tanto Sartiau como Solá alegan que disponen del resultado de unas pruebas de ADN que afirman, con un 91% de probabilidad, que comparten progenitor. Vista pública en los próximos meses La decisión implica que se celebrará una vista pública en los próximos meses con toda probabilidad, la cual podrá ser o no a puerta cerrada, e incluir o no el interrogatorio al afectado. El rey Juan Carlos, podría a su vez negarse a que se le practique esa prueba de ADN Además, en la propia demanda se incluye una petición de prueba de ADN, prueba que la Sala deberá decidir ahora si acepta o no. El propio afectado, don Juan Carlos, podría a su vez negarse a que se le practique esa prueba de ADN. La negativa al test ADN, de producirse, podría tener consecuencias que valoraría la sala junto a otras pruebas en función de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional. De momento la primera diligencia que se va a producir es dar traslado a las partes, incluido el propio rey, a quien se emplazará para que conteste a la demanda en un plazo de veinte días hábiles. En caso de que se oponga a la demanda, el siguiente paso será la celebración o no de pruebas (en especial la de ADN) y, luego, un juicio ante el pleno de la Sala de lo Civil. Traslado de la demanda al rey Juan Carlos Don Juan Carlos podría estar obligado a estar presente en la vista, porque la demandante podría pedir que acudiera y fuera interrogado. Es práctica común en los juzgados, según el artículo 138 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que por respeto a la vida privada de las partes este tipo de vistas sea a puerta cerrada. En suma: la sala dará ahora traslado a las partes, incluido don Juan Carlos, quien aceptará o no la demanda; luego decidirá si se practican pruebas (ADN) y las llevará a cabo en su caso; y finalmente celebrará vista pública, en la que podría estar obligado a comparecer el propio Rey y de la que saldrá una resolución. Las demandas fueron rechazadas por juezas de primera instancia ante la inviolabilidad de la figura del monarca establecida por la Constitución y ante el vacío legal que pretendió subsanar la reforma citada. El presidente de la Sala de lo Civil del tribunal, Francisco Marín Castán, decidió llevar el asunto a pleno y la Sala consultó a las partes, es decir, al fiscal y a los demandantes. El fiscal, en contra de admitir las demandas El fiscal ante el Supremo se pronunció el pasado mes de noviembre en contra de que el alto tribunal admitiera a trámite las demandas, pues consideraba que no son acordes al principio de prueba que exige la Ley de Enjuiciamiento Civil para estos casos. El "respeto a las decisiones judiciales" ha sido único comentario desde la Casa Real El artículo 767.1 de la citada norma prevé que "en ningún caso se admita la demanda sobre determinación o impugnación de la filiación si con ella no se presenta un principio de prueba de los hechos en los que se funde". La Casa del Rey ha expresado su respeto a la "independencia" del Poder Judicial después de que el Tribunal Supremo haya admitido a trámite una de las dos demandas de paternidad presentadas contra el Rey Juan Carlos. Un portavoz del Palacio de la Zarzuela se ha limitado a trasladar este "respeto" de la institución como único comentario tras la decisión adoptada por la Sala de lo Civil del Supremo.

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