viernes, 18 de mayo de 2012

Declaración de la Renta: siete consejos que (aún) te pueden hacer ganar dinero


Entregar la declaración de la renta no es un acto sin retorno. Ese gesto se puede corregir (y recuperar dinero). Y muchas cosas más. He aquí varios consejos que suelen olvidarse todos los años, y que favorecen al declarante.

1.     Puedes declarar aunque ganes menos de 22.000 euros. Una cosa es la cifra a partir de la cual hay que hacer la declaración de la renta (22.000 euros) y otra la idea equivocada de que por debajo de esa cifra no se pueda hacer declaración. Sí se puede, aunque no es obligatorio. ¿Para qué declarar entonces? Pues porque a lo mejor tu empresa te ha retenido por error más dinero del reglamentado. Puede que no haya tenido en cuenta detalles como los hijos, tus minusvalías... ¿Se lo vas a dejar a Hacienda? En ese caso, te conviene declarar (Hacienda no te impide hacerlo), y lograr que te devuelvan dinero. Puedes incluso pedir el borrador para comprobar antes si te conviene declarar. Rercuerda que, aunque lo pidas, no te comprometes a nada.

2.     Puedes hacer una segunda declaración. Hay gente que piensa que entregar y firmar la declaración es un acto sin retorno. ¿Quién ha dicho eso? Si crees que te equivocaste a favor de Hacienda (y que estás pagando de más), puedes enmendar el error entregando lo que se llama una autoliquidación complementaria. El contribuyente puede corregir los errores materiales cometidos.

3.     Puedes compensar beneficios con pérdidas. Al echar cuentas, te has percatado de que en 2011 obtuviste beneficio por tus acciones, tus inversiones, o tus empresas. Tranquilo: vas a pagar menos de lo que pensabas porque puedes compensar ganancias patrimoniales con pérdidas patrimoniales de los últimos cuatro años. Para hacer bien las cosas, busca las cuatro últimas declaraciones presentadas. Si se han producido pérdidas, debes tenerlas en cuenta en los ejercicios posteriores. En el futuro,  trata de organizarte mejor. Por ejemplo, en los últimos días del año deberías revisar el "saldo" de pérdidas y ganancias obtenidas por tu patrimonio. Si tienes un tipo marginal muy elevado, a lo mejor es aconsejable vender con pérdidas si has tenido muchas ganancias (aunque ahoa no es lo más frecuente).

4.     Puedes cambiar el borrador. Como su propio nombre indica, el borrador es un cálculo provisional de Hacienda. Pero la administración se puede equivocar, no incluyendo partidas que te favorecen.  No lo firmes sin revisarlo hasta el fondo.

5.     Puedes incluir tus cuotas profesionales. Las cuotas obligatorias que pagas por estar colegiado profesionalmente o por estar afiliado a un sindicato, puedes deducírtelas. Importante: estas cuotas no están recogidas en el borrador, con lo cual, estás perdiendo dinero si firmas el borrador sin comprobarlo.

6.     Puedes reclamar durante cuatro años. Recuerda que el plazo para solicitar la devolución de ingresos indebidos provocados por errores de cálculo a favor de Hacienda es siempre de cuatro años. Por eso es aconsejable rellenar la declaración, teniendo a la vista las cuatro anteriores.
7.     Puedes incluir el pago de atrasos en antiguas declaraciones. Un problema frecuente es recibir el pago de atrasos de 2010 en 2011. ¿En qué declaración incluir esos pagos? Basta con hacer una declaración complementaria de 2010. A lo mejor te encuentras con la agradable sorpresa de que, en aquel año, el tratamiento fiscal era más favorable.

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